Superintendencia Bancos y Pro-Consumidor firman convenio
SANTO DOMINGO (ANTENA).- La Superintendencia de Bancos y el Instituto Nacional de Protección a los Derechos del Consumidor firmaron un acuerdo mediante el que se comprometen a coordinar las acciones que confieren las leyes a una y otra entidad en materia de defensoría de los usuarios de los servicios financieros.
Según el convenio, el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor reconoce que la Superintendencia de Bancos, como órgano que supervisa a las entidades de intermediación financiera, tiene la competencia exclusiva de revisar y aprobar previamente los contratos de adhesión, como lo establece la Ley Monetaria y Financiera Número 183-02.
En ese orden, la institución dispone de la Oficina de Protección a los Usuarios de los Servicios Financieros –PROUSUARIO-, que funciona de manera descentralizada y tiene su sede principal en Unicentro Plaza, del Distrito Nacional.
La Superintendencia de Bancos reconoce a su vez que Pro-Consumidor posee la facultad de revisar los contratos de adhesión entre las entidades de intermediación financiera y sus clientes, para determinar si contienen cláusulas abusivas y perjudiciales, acorde como le confiere la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario Número 358-05.
Los signatarios del acuerdo de colaboración son el Superintendente de Bancos, Haivanjoe NG Cortiñas, y la directora ejecutiva de Pro-Consumidor, Altagracia Paulino.
Ambas instituciones del Estado se comprometen a intercambiar informaciones sobre contratos de adhesión Bancario. En ese sentido, Pro-Consumidor asume la misión de tramitar a la Superintendencia de Bancos los reclamos que reciba por parte de los usuarios del Sistema Financiero, y queda establecido que se evitarán los conflictos de competencia entre las partes contratantes.
Igualmente, la institución supervisora del Sistema Financiero llevará un registro y control de todos los contratos de adhesión suscritos entre los usuarios con las entidades de intermediación financiera.
Todas las solicitudes de información sobre contratos de adhesión suscritos entre entidades de intermediación y usuarios que requiera Pro-Consumidor, deberán ser tramitados mediante comunicación escrita o correo electrónico a la Superintendencia de Bancos.
Las partes acuerdan, asimismo, guardar la obligación especial de confidencialidad derivada de las buenas prácticas y usos bancarios sobre toda documentación e información privilegiada a la que puedan acceder, que deberán ser tratadas con el máximo sentido de discreción y ninguna de las partes podrá divulgarlas.
La Ley Monetaria y Financiera Número 183-02 del 21 de noviembre de 2002 establece que la Superintendencia de Bancos es el organismo facultado para proteger los derechos de los consumidores y usuarios de los servicios de las entidades de intermediación financiera frente a eventuales contratos abusivos.
Dentro de esas prerrogativas, la Superintendencia de Bancos puede establecer sanciones administrativas, de manera independiente a las acciones civiles que correspondan cuando se detecten esas transgresiones.
En tanto, el Instituto de Protección a los Derechos del Consumidor tiene por objeto proteger que las relaciones entre los proveedores de servicios y los consumidores de bienes y usuarios de servicios se produzcan dentro de los parámetros de equidad y seguridad jurídica.
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